El interés superior de niños y niñas que acompañan a sus madres privadas de la libertad en establecimientos penitenciarios peruanos

Descripción del Articulo

Actualmente y según el INPE, 136 menores de edad se encuentran en un establecimiento penitenciario acompañando a sus madres recluidas. La razón es la aplicación del artículo 113 del Código de Ejecución Penal Peruano que señala que un niño o niña solo hasta los tres años de edad podrá permanecer junt...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Huamani Chavez, María Isabel
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/30240
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/30240
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Patria potestad--Legislación--Perú
Niños--Derechos--Perú
Prisiones--Mujeres--Perú
Derecho de menores--Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Actualmente y según el INPE, 136 menores de edad se encuentran en un establecimiento penitenciario acompañando a sus madres recluidas. La razón es la aplicación del artículo 113 del Código de Ejecución Penal Peruano que señala que un niño o niña solo hasta los tres años de edad podrá permanecer junto a su madre recluida en un centro penal penitenciario. A partir de este escenario normativo, se identifica que tal separación menoscaba el interés superior del niño, principio rector de la Convención sobre los Derechos de Niño, en tanto que se lesiona su derecho a la vida familiar, derecho a dar su opinión en relación a su edad y madurez, y su derecho a su crianza. La situación se agrava cuando se identifica que un niño que acompaña a su madre en un establecimiento penitenciario disminuye sus indicadores de pobreza en contraste con la realidad sin el cuidado parental. Por ello se propone que el acto jurídico de la separación debe ser mediante una resolución judicial en la que el juez/a motive debidamente que a partir de los 3 años de edad se otorgue un plazo razonable de separación entre el menor y su madre, de acuerdo a circunstancias específicas, desde una perspectiva de derechos humanos, de cada niño o niña.
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