La aplicación de métodos comerciales abusivos en la venta de paquetes turísticos en el Perú, ¿una vulneración a los derechos de los consumidores?

Descripción del Articulo

El presente trabajo tiene como fin precisar que el solo empleo de una conducta presumiblemente “acosadora” o “engañosa” no puede ser considerado como una infracción a la libertad de elección del consumidor. De acuerdo a ello, el artículo 58 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, se preci...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Toledo Acuña, Jean Franco
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/33247
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/33247
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Protección del consumidor--Legislación--Perú
Publicidad comercial
Publicidad--Aspectos morales y éticos
Competencia desleal--Jurisprudencia--Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente trabajo tiene como fin precisar que el solo empleo de una conducta presumiblemente “acosadora” o “engañosa” no puede ser considerado como una infracción a la libertad de elección del consumidor. De acuerdo a ello, el artículo 58 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, se precisa que los consumidores tienen derecho a la protección contra los métodos comerciales agresivos por parte de los proveedores quienes estarían afectando de manera significativa la libertad de elección del consumidor. Sin embargo, en este artículo se cuestiona la protección que tiene la autoridad a estos consumidores que se verían vulnerados por el comportamiento de los proveedores. Lo que se busca en este trabajo académico es precisar e incentivar un comportamiento diligente en los consumidores; es decir, que la tutela proporcionada por la autoridad no debería abarcar a todos los consumidores, sino únicamente a los que actúan con la diligencia ordinaria que se le puede exigir a cualquier consumidor. Debido a que, si se protege a todos los consumidores sin importar su diligencia, se estaría incentivando un comportamiento irresponsable por parte del consumidor y lo que se busca aquí es incentivar un correcto comportamiento del consumidor que permita que las relaciones de consumo se desarrollen adecuadamente en el mercado peruano. No obstante, si bien se exige un comportamiento diligente en los consumidores, se va a detallar una excepción de dicha diligencia en los adultos mayores de 60 años y en las personas con discapacidad visual, siendo estos pertenecientes a la población vulnerable quienes pueden verse expuestos por el mal accionar de los proveedores qué únicamente buscan sacar beneficio y vulnerar los derechos de estos consumidores a quienes no se les exige un nivel de diligencia.
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