Tratamiento del matrimonio homosexual en el sistema legal peruano a partir de la teoría de los enunciados jurídicos
Descripción del Articulo
Este artículo tiene por finalidad analizar el tratamiento del matrimonio homosexual, desde la teoría de los enunciados jurídicos. Con tal objetivo, en la primera sección se ha desarrollado las diferencias entre. Reglas regulativas y constitutivas. En la segunda sección, se ha tratado sobre las lagun...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2024 |
Institución: | Pontificia Universidad Católica del Perú |
Repositorio: | PUCP-Tesis |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/30211 |
Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.12404/30211 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Matrimonio del mismo sexo Matrimonio--Legislación--Perú Sociedad conyugal--Legislación--Perú https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | Este artículo tiene por finalidad analizar el tratamiento del matrimonio homosexual, desde la teoría de los enunciados jurídicos. Con tal objetivo, en la primera sección se ha desarrollado las diferencias entre. Reglas regulativas y constitutivas. En la segunda sección, se ha tratado sobre las lagunas, la laguna normativa y la laguna axiológica. En la tercera sección se ha tratado sobre las técnicas de interpretación, destacándose la analogía y los principios. En la cuarta sección se ha procedido a examinar las normas relacionadas con el matrimonio civil contenidas en la Constitución Política del Perú, el código civil y principales tratados y convenios aplicables al caso. Finalmente, en la sección quinta se ha llegado a las siguientes conclusiones: 1) Desde el ángulo de la teoría de los enunciados jurídicos, el artículo 234º del Código Civil no es una regla regulativa, sino una regla constitutiva. Por tanto, no prohíbe el matrimonio homosexual; sin embargo, tampoco lo regula, 2) Al no existir regulación jurídica del matrimonio homosexual, tal supuesto de hecho constituye una laguna normativa; 3) Aplicando la técnica de integración para resolver lagunas normativas, a través de principios siguiendo la propuesta de Ruiz Manero,1 se llega a la conclusión que del balance de principios relevantes debe crearse una regla que autorice a la pareja de homosexuales contraer matrimonio civil. Asimismo, siguiendo la tendencia jurisprudencial de países latinoamericanos como Ecuador y la interpretación de la Convención Americana contenida en la “Opinión Consultiva 24/17; así como lo resuelto en el Caso Atala Riffo y Niñas contra el gobierno chileno2 podemos concluir afirmando que el matrimonio entre personas del mismo sexo se encuentra permitida. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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