Informe Jurídico sobre la Sentencia del caso Guachalá Chimbo y otros vs. Ecuador de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Descripción del Articulo

El presente informe jurídico analizó la responsabilidad del Estado del Ecuador por la violación de los derechos a la libertad personal, acceso a la información y salud del señor Luis Eduardo Guachalá Chimbo, una persona con discapacidad, en el contexto de su segundo internamiento involuntario en el...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Calumani Ramos, Jimena Ailen
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/32350
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/32350
Nivel de acceso:acceso embargado
Materia:Responsabilidad del Estado (Derecho internacional)
Personas con discapacidad--Derechos humanos
Detención
Corte Interamericana de Derechos Humanos--Jurisprudencia
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02
Descripción
Sumario:El presente informe jurídico analizó la responsabilidad del Estado del Ecuador por la violación de los derechos a la libertad personal, acceso a la información y salud del señor Luis Eduardo Guachalá Chimbo, una persona con discapacidad, en el contexto de su segundo internamiento involuntario en el Hospital psiquiátrico Julio Endara. Para el análisis, se empleó principalmente la Convención Americana de Derechos Humanos, la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad y la jurisprudencia de la Corte Interamericana y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Entre las principales conclusiones se determinó que, en primer lugar, se violó el derecho a la libertad personal del señor Guachalá porque su segundo internamiento involuntario constituyó una privación arbitraria de libertad al no regularizarse el consentimiento para su internamiento, que en un inicio fue brindado por su madre al encontrarse este en una situación de emergencia psiquiátrica. En segundo lugar, se violó el derecho de acceso a la información porque no se brindó la información para que el señor Guachalá brinde su consentimiento de ser internado, luego de su emergencia psiquiátrica. Asimismo, porque no se brindó en ningún momento información sobre su diagnóstico y tratamiento. En tercer lugar, se violó el derecho a la salud porque el tratamiento brindado no tuvo en cuenta todos los elementos esenciales del derecho a la salud.
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