Evaluación ambiental de seguimiento de la calidad del aire en el ámbito de la refinería de zinc Cajamarquilla de Nexa Resources Cajamarquilla S.A.C., distrito Lurigancho - Chosica, provincia y departamento Lima, diciembre de 2021

Descripción del Articulo

Realiza la evaluación ambiental de seguimiento de la calidad de aire en el ámbito de la refinería de zinc Cajamarquilla, distrito Lurigancho – Chosica, provincia y departamento Lima, a través del monitoreo continuo de parámetros que permitan identificar, registrar y alertar posibles alteraciones en...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Fajardo Vargas, Lázaro Walther, Bríos Abanto, Andrés Daniel
Formato: informe técnico
Fecha de Publicación:2021
Institución:Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental
Repositorio:OEFA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.oefa.gob.pe:20.500.12788/383
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12788/383
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Calidad del aire
Contaminación del aire
Contaminación atmosférica
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#1.05.10
Descripción
Sumario:Realiza la evaluación ambiental de seguimiento de la calidad de aire en el ámbito de la refinería de zinc Cajamarquilla, distrito Lurigancho – Chosica, provincia y departamento Lima, a través del monitoreo continuo de parámetros que permitan identificar, registrar y alertar posibles alteraciones en la calidad de aire, durante diciembre de 2021. Concluye las concentraciones promedio de 24 horas para SO2 obtenidas en diciembre de la estación de vigilancia CA-RZC-01 (a barlovento de las operaciones de la refinería de zinc Cajamarquilla), no excedieron el valor del Estándar de Calidad Ambiental para aire de 250 µg/m3 establecido en el Decreto Supremo N.° 003-2017-MINAM. Asimismo, las concentraciones promedio de 24 horas para SO2 obtenidas en diciembre de la estación de vigilancia CA-RZC-02 (a sotavento de las operaciones de la refinería de zinc Cajamarquilla), no excedieron el valor del Estándar de Calidad Ambiental para aire de 250 µg/m3 establecido en el Decreto Supremo N.° 003-2017-MINAM. Contiene los siguientes anexos: Anexo 1. Mapa de ubicación.-- Anexo 2. Registro de datos crudos.-- Anexo 3. Sistematización de datos de aire.-- Anexo 4. Certificados de calibración de los equipos.
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