Resolución Nº 0002-2015/CEB-INDECOPI

Descripción del Articulo

Se declara barreras burocráticas ilegales los derechos de tramitación establecidos en los procedimientos para la obtención del Grado Académico de Bachiller y del Título Profesional de Licenciado. Ello debido a que la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes no ha cumplido con acreditar que...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
Formato: otro
Fecha de Publicación:2015
Institución:Instituto Nacional de Defensa de La Competencia y de La Protección de La Propiedad Intelectual
Repositorio:INDECOPI-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.indecopi.gob.pe:11724/4376
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/11724/4376
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Barreras burocráticas
Instituciones de educación superior
Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas A
Jurisprudencia
id INDE_29104e8b3f7ae0ec3944332633425076
oai_identifier_str oai:repositorio.indecopi.gob.pe:11724/4376
network_acronym_str INDE
network_name_str INDECOPI-Institucional
repository_id_str .
spelling Resolución Nº 0002-2015/CEB-INDECOPIInstituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Comisión de Eliminación de Barreras BurocráticasBarreras burocráticasInstituciones de educación superiorEscuela Nacional Superior Autónoma de Bellas AJurisprudenciaSe declara barreras burocráticas ilegales los derechos de tramitación establecidos en los procedimientos para la obtención del Grado Académico de Bachiller y del Título Profesional de Licenciado. Ello debido a que la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes no ha cumplido con acreditar que estos hayan sido determinados en función al costo que genera la tramitación de los procedimientos antes indicados y, en su caso, por el costo real de producción de los correspondientes diplomas, lo cual vulnera los artículos 44º y 45º de la Ley Nº 27444. Se declara infundada la denuncia en el extremo que se cuestionó la exigencia de presentar tres (3) ejemplares de la tesis, proyecto profesional, memoria de proyecto artístico o sistematización de experiencia profesional, para la obtención del Título Profesional de Licenciado, por cuanto se ha verificado que el número de ejemplares solicitado se encuentra vinculado a la cantidad mínima de miembros que conforman el Jurado para que el interesado obtenga dicho título. Asimismo, se declara infundada la denuncia en el extremo que se cuestionó la presentación del recibo de pago por banco correspondiente, para la obtención del Grado Académico de Bachiller, en tanto el pago no es realizado ante la propia entidad (supuesto contemplado en el numeral 40.1.8) del artículo 40º de la Ley Nº 27444), sino ante una entidad financiera. Se declara que se ha producido la sustracción de la materia controvertida en lo referente a la exigencia de los siguientes requisitos y cobros para la obtención del Grado Académico de Bachiller y del Título Profesional de Licenciado, por lo que se concluye el procedimiento en este extremo; toda vez que mediante Resolución Directoral N° 118-2014-ENSABAP la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes los ha eliminado o reemplazado.Indecopi2015-01-09info:eu-repo/semantics/otherapplication/pdfapplication/pdfhttp://hdl.handle.net/11724/4376Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPIRepositorio INDECOPIreponame:INDECOPI-Institucionalinstname:Instituto Nacional de Defensa de La Competencia y de La Protección de La Propiedad Intelectualinstacron:INDECOPIspainfo:eu-repo/semantics/openAccessoai:repositorio.indecopi.gob.pe:11724/43762018-04-03T03:13:52Z
dc.title.none.fl_str_mv Resolución Nº 0002-2015/CEB-INDECOPI
title Resolución Nº 0002-2015/CEB-INDECOPI
spellingShingle Resolución Nº 0002-2015/CEB-INDECOPI
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
Barreras burocráticas
Instituciones de educación superior
Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas A
Jurisprudencia
title_short Resolución Nº 0002-2015/CEB-INDECOPI
title_full Resolución Nº 0002-2015/CEB-INDECOPI
title_fullStr Resolución Nº 0002-2015/CEB-INDECOPI
title_full_unstemmed Resolución Nº 0002-2015/CEB-INDECOPI
title_sort Resolución Nº 0002-2015/CEB-INDECOPI
dc.creator.none.fl_str_mv Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
author Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
author_facet Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
author_role author
dc.subject.none.fl_str_mv Barreras burocráticas
Instituciones de educación superior
Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas A
Jurisprudencia
topic Barreras burocráticas
Instituciones de educación superior
Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas A
Jurisprudencia
description Se declara barreras burocráticas ilegales los derechos de tramitación establecidos en los procedimientos para la obtención del Grado Académico de Bachiller y del Título Profesional de Licenciado. Ello debido a que la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes no ha cumplido con acreditar que estos hayan sido determinados en función al costo que genera la tramitación de los procedimientos antes indicados y, en su caso, por el costo real de producción de los correspondientes diplomas, lo cual vulnera los artículos 44º y 45º de la Ley Nº 27444. Se declara infundada la denuncia en el extremo que se cuestionó la exigencia de presentar tres (3) ejemplares de la tesis, proyecto profesional, memoria de proyecto artístico o sistematización de experiencia profesional, para la obtención del Título Profesional de Licenciado, por cuanto se ha verificado que el número de ejemplares solicitado se encuentra vinculado a la cantidad mínima de miembros que conforman el Jurado para que el interesado obtenga dicho título. Asimismo, se declara infundada la denuncia en el extremo que se cuestionó la presentación del recibo de pago por banco correspondiente, para la obtención del Grado Académico de Bachiller, en tanto el pago no es realizado ante la propia entidad (supuesto contemplado en el numeral 40.1.8) del artículo 40º de la Ley Nº 27444), sino ante una entidad financiera. Se declara que se ha producido la sustracción de la materia controvertida en lo referente a la exigencia de los siguientes requisitos y cobros para la obtención del Grado Académico de Bachiller y del Título Profesional de Licenciado, por lo que se concluye el procedimiento en este extremo; toda vez que mediante Resolución Directoral N° 118-2014-ENSABAP la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes los ha eliminado o reemplazado.
publishDate 2015
dc.date.none.fl_str_mv 2015-01-09
dc.type.none.fl_str_mv info:eu-repo/semantics/other
format other
dc.identifier.none.fl_str_mv http://hdl.handle.net/11724/4376
url http://hdl.handle.net/11724/4376
dc.language.none.fl_str_mv spa
language spa
dc.rights.none.fl_str_mv info:eu-repo/semantics/openAccess
eu_rights_str_mv openAccess
dc.format.none.fl_str_mv application/pdf
application/pdf
dc.publisher.none.fl_str_mv Indecopi
publisher.none.fl_str_mv Indecopi
dc.source.none.fl_str_mv Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI
Repositorio INDECOPI
reponame:INDECOPI-Institucional
instname:Instituto Nacional de Defensa de La Competencia y de La Protección de La Propiedad Intelectual
instacron:INDECOPI
instname_str Instituto Nacional de Defensa de La Competencia y de La Protección de La Propiedad Intelectual
instacron_str INDECOPI
institution INDECOPI
reponame_str INDECOPI-Institucional
collection INDECOPI-Institucional
repository.name.fl_str_mv
repository.mail.fl_str_mv
_version_ 1807557121705771008
score 13.955691
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).