Resolución Nº 0039-2015/CEB-INDECOPI

Descripción del Articulo

Se declara barrera burocrática ilegal la exigencia de renovar y/u obtener nuevas autorizaciones de elementos de publicidad exterior y/o anuncios de Físicos y Gráficos Publicitarios S.A.C., al vencimiento de sus autorizaciones de un (1) año de vigencia. La Municipalidad contraviene lo dispuesto en la...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
Fecha de Publicación:2015
Institución:Instituto Nacional de Defensa de La Competencia y de La Protección de La Propiedad Intelectual
Repositorio:INDECOPI-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.indecopi.gob.pe:11724/4451
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/11724/4451
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Barreras burocráticas
Municipalidades
Municipalidad Distrital de Pueblo Libre
Jurisprudencia
Descripción
Sumario:Se declara barrera burocrática ilegal la exigencia de renovar y/u obtener nuevas autorizaciones de elementos de publicidad exterior y/o anuncios de Físicos y Gráficos Publicitarios S.A.C., al vencimiento de sus autorizaciones de un (1) año de vigencia. La Municipalidad contraviene lo dispuesto en la Ordenanza Nº 1094-MML que establece que la vigencia de las referidas autorizaciones es indeterminada, excediendo las facultades que le otorga el artículo 79º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, dicha exigencia contraviene lo establecido en el artículo 2° de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el cual permite que las autoridades sujeten a un término los actos administrativos únicamente cuando cuenten con una ley que las autorice a hacerlo, supuesto que no se ha acreditado en el presente caso. Por otra parte, se contravienen los Principios de Legalidad y Razonabilidad reconocidos en los numerales 1.1) y 1.4) del artículo IVº del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, en concordancia con la Ley Nº 27972, en vista que la vigencia de dicho tipo de autorizaciones debe mantenerse en tanto no varíen los aspectos que fueron evaluados al momento de otorgarse las respectivas autorizaciones.
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