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Cualquier documento relativo al pago de remuneraciones o beneficios sociales puede emitirse en formato electrónico y suscrito con firmas electrónicas

Descripción del Articulo

La Comisión para la Gestión de la Infraestructura Oficial de Firma Electrónica del Indecopi (IOFE) recuerda a los ciudadanos que, si bien la firma digital generada mediante servicios acreditados por el Indecopi es la modalidad de firma electrónica regulada con mayor precisión en el país, ello no imp...

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Detalles Bibliográficos
Formato: otro
Fecha de Publicación:2020
Institución:Instituto Nacional de Defensa de La Competencia y de La Protección de La Propiedad Intelectual
Repositorio:INDECOPI-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.indecopi.gob.pe:11724/7841
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/11724/7841
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Documento
Pago de remuneraciones
Beneficios sociales
Formato electrónico
Firma electrónica
Descripción
Sumario:La Comisión para la Gestión de la Infraestructura Oficial de Firma Electrónica del Indecopi (IOFE) recuerda a los ciudadanos que, si bien la firma digital generada mediante servicios acreditados por el Indecopi es la modalidad de firma electrónica regulada con mayor precisión en el país, ello no impide que, a mérito del artículo 141-A del Código Civil y del artículo 3 del Decreto Legislativo 1310, otras modalidades de firmas electrónicas puedan ser utilizadas legalmente y admitidas como medios probatorios.
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