Informe sobre el expediente N° 414-2015/CCI

Descripción del Articulo

El expediente versa sobre una controversia de seguros vehicular, en la que los denunciantes exigen el pago total del bien, ya que, por un hecho imprevisto, el vehículo asegurado se accidentó. En un primer pronunciamiento, la aseguradora acepta cubrir los daños, sin embargo, luego niega la cobertura...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Penny Ochoa, Sara Fiorella
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad ESAN
Repositorio:ESAN-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.esan.edu.pe:20.500.12640/2793
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12640/2793
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho administrativo
Dercho civil
Protección al consumidor
Contratos
Seguros
Daños y perjuicios
Indemnización
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.02.04
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El expediente versa sobre una controversia de seguros vehicular, en la que los denunciantes exigen el pago total del bien, ya que, por un hecho imprevisto, el vehículo asegurado se accidentó. En un primer pronunciamiento, la aseguradora acepta cubrir los daños, sin embargo, luego niega la cobertura alegando que existió negligencia por parte del asegurado, al continuar manejando, por lo que no cubrirá la pérdida total del bien. El asegurado se encuentra disconforme con dicha postura de la aseguradora, por lo que interpone denuncia ante el INDECOPI, alegando la vulneración de la Idoneidad del Servicio; indicando que continuó manejando por un deber de humanidad generalmente aceptado, excepción contenida en la póliza de seguros. En ese sentido, en primera instancia se declara infundada la denuncia debido a que se consideró que la aseguradora asumió correctamente parte del siniestro. No obstante, los denunciantes no estaban de acuerdo con dicho fallo y apelan. En la última instancia se declara fundada la denuncia basándose en la excepción del deber de humanidad, para agravar el daño, por lo que se revoca la resolución de primera instancia y se ordena a la aseguradora, el pago de la póliza y una multa.
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