El interés público en la esfera jurídica privada del funcionario y protección del derecho a la intimidad

Descripción del Articulo

Los funcionarios y servidores públicos cumplen un rol fundamental en el funcionamiento del Estado, ambas autoridades tienen derechos y deberes que cumplir, por su responsabilidad funcional, la sujeción a la normativa y los reglamentos de la institución pública es estricta. El interés público, insert...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Ccanto Laurente, Gullit
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Autónoma del Perú
Repositorio:AUTONOMA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.autonoma.edu.pe:20.500.13067/3650
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.13067/3650
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Interés público
Esfera privada
Funcionario público
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:Los funcionarios y servidores públicos cumplen un rol fundamental en el funcionamiento del Estado, ambas autoridades tienen derechos y deberes que cumplir, por su responsabilidad funcional, la sujeción a la normativa y los reglamentos de la institución pública es estricta. El interés público, inserto en las actividades de los trabajadores públicos, es fiscalizado por los medios de comunicación, quienes, sin límite, invaden el accionar de su intimidad vulnerando el derecho que les corresponde. Dentro de esa línea, el estudio estuvo orientado a determinar cómo el interés público en la esfera jurídica particular del funcionario vulnera la protección de su derecho íntimo. La metodología utilizada fue el enfoque cualitativo, el tipo básico descriptivo del interés público en la esfera jurídico particular de los funcionarios y la protección de su derecho íntimo, la población fue de nueve resoluciones del Tribunal Constitucional Peruano sobre procesos de Amparo y Habeas Data. Los resultados señalaron que el interés público afecta el derecho íntimo, cuando se irrumpe en la esfera particular de la persona sin su consentimiento. La conclusión principal del trabajo fue que el interés público vulnera el derecho íntimo del funcionario cuando irrumpe en el ámbito privado del individuo, sin su consentimiento y se expone de forma indebida las fotografías y videos personalísimos ante terceras personas; enunciado corroborado por el estudio de las resoluciones del Tribunal Constitucional periodo 2019 -2023.
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