El delito de estafa y el principio de proporcionalidad de la pena en el distrito judicial de Lima Sur, año 2017

Descripción del Articulo

La situación problemática donde las penas impuestas en el delito de estafa por montos ínfimos colisionan con el principio de proporcionalidad, con ello se formuló el problema: ¿En qué casos, el Delito de Estafa carecerá del reproche penal de Pena privativa de la Libertad?, justificando la presente i...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Villar Amasifen, Geraldo Jacomo
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2018
Institución:Universidad Autónoma del Perú
Repositorio:AUTONOMA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.autonoma.edu.pe:20.500.13067/625
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.13067/625
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Delito
Estafa
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:La situación problemática donde las penas impuestas en el delito de estafa por montos ínfimos colisionan con el principio de proporcionalidad, con ello se formuló el problema: ¿En qué casos, el Delito de Estafa carecerá del reproche penal de Pena privativa de la Libertad?, justificando la presente investigación pretendiendo estudiar la figura jurídica del delito de estafa desde la óptica del principio de Proporcionalidad a efectos de postular un nuevo tipo penal, como objetivo el Identificar los casos en que el Delito de Estafa carecerá de reproche penal de pena Privativa de Libertad y como Hipótesis que si el valor del perjuicio económico es de mínima cantidad económica en el delito de estafa, entonces carecerá de reproche penal de pena privativa de libertad. La investigación es de tipo Básico, diseño no experimental, método de investigación hipotético deductivo, técnica de una encuesta con 7 preguntas, con población de 40 fiscales, 10 jueces y 200 abogados y como muestra se tomó a 5 jueces penales, 20 fiscales penales y 20 abogados penalistas; de la encuesta realizada se tiene como resultado trascendente que el 71.11 % de la muestra está de acuerdo con que en el delito de estafa si el valor afectado es menor a 1 RMV entonces carecerá de reproche penal, con la presente investigación se ha llegado a la conclusión de que si en el delito de estafa existe cuantía menor de 1 RMV esta se tramitaría como falta descongestionando la carga fiscal, por lo que se recomienda modificar el tipo penal de la estafa.
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