El recurso de reexamen ante nuevos elementos de convicción o inconducta funcional, según el artículo 335.2 del NCPP en la investigación preliminar, Arequipa 2023

Descripción del Articulo

La investigación tiene como objetivo principal analizar la aplicación del artículo 335.2 del NCPP, como fuente legal del recurso de reexamen ante nuevos elementos de convicción o inconducta funcional de los fiscales provinciales o superiores, según el artículo 335.2 del NCPP, en la investigación pre...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Mogrovejo Flores, Angel Benito, Mogrovejo Flores, Alfredo Apolinar
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Autónoma de Ica
Repositorio:AUTONOMADEICA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.autonomadeica.edu.pe:20.500.14441/2564
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14441/2564
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Archivo fiscal
Recurso de reexamen
Reapertura de caso
Cosa juzgada o firme
Interdicción
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:La investigación tiene como objetivo principal analizar la aplicación del artículo 335.2 del NCPP, como fuente legal del recurso de reexamen ante nuevos elementos de convicción o inconducta funcional de los fiscales provinciales o superiores, según el artículo 335.2 del NCPP, en la investigación preliminar con archivo, considerado como cosa juzgada o firme, sobre el principio de interdicción y del ne bis in ídem. La metodología de investigación es de enfoque mixto, cuali cuantitativo, nivel aplicado, tipo hermenéutico y de lex lata, con diseño no experimental y método hipotético deductivo, con los instrumentos de investigación: ficha de observación y cuestionario, muestreo no probabilístico por criterio, con unidades de análisis son fiscales, abogados litigantes, docentes y estudiantes universitarios de derecho, en total 37 participantes. La investigación tiene como principales resultados descriptivos la confirmación de que los criterios jurídicos para el archivo de una investigación preliminar por un fiscal superior, no constituye segunda instancia ni corresponde a la institución de cosa juzgada, debiendo proceder el reexamen del caso. La conclusión principal del estudio es que el 38.12% no está de acuerdo que el archivo fiscal es definitivo, el 26.00% no está de acuerdo que el archivo de fiscal superior es cosa juzgada; el 59.22% manifiesta que es imperativo el recurso de reexamen, como recurso impugnativo.
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