Deber de vigilancia y programas de cumplimiento

Descripción del Articulo

En la actualidad, la confluencia de una diversidad de factores ha generado que los directivos de las empresas estén expuestos, cada vez más, a los riesgos propios de la actividad corporativa. En este contexto, adquiere especial relevancia el deber de vigilancia que aquéllos ostentan sobre los actos...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Márquez Cisneros, Rolando
Formato: artículo
Fecha de Publicación:2018
Institución:Universidad de Lima
Repositorio:Revista ULIMA - Advocatus
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:revistas.ulima.edu.pe:article/4572
Enlace del recurso:https://revistas.ulima.edu.pe/index.php/Advocatus/article/view/4572
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Deber
Vigilancia
Programas de cumplimiento
Descripción
Sumario:En la actualidad, la confluencia de una diversidad de factores ha generado que los directivos de las empresas estén expuestos, cada vez más, a los riesgos propios de la actividad corporativa. En este contexto, adquiere especial relevancia el deber de vigilancia que aquéllos ostentan sobre los actos de los subordinados. En la medida en que la organización empresarial progresivamente se torna más compleja, surge y se impone la necesidad de delegar en un tercero –el Compliance officer– la ejecución del deber de vigilancia. La cuestión que emerge con ello es si este delegado de vigilancia puede ser responsabilizado penalmente por omitir la función que se le ha asignado y, si esto fuese posible, cuál es el fundamento de esa responsabilidad.
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