1
tesis de grado
Publicado 2019
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La presente investigación está orientada a determinar si lo que se conoce como daño potencial, que se encuentra regulado en la Ley General del Ambiente y recogido a nivel jurisprudencial, se encuentra plenamente justificado en nuestro Ordenamiento Jurídico. En tal sentido, se efectuó un análisis de la evolución histórica de este tipo de daño y se le aplicó las pautas de investigación de la responsabilidad extracontractual regulada en Código Civil, es decir, la exposición al peligro. El resultado de la investigación conlleva a sostener que el daño potencial no existe, pues en realidad lo que allí se regula es daño, como cualquier otro, pero cuyo alcance es más limitado que, por ejemplo, el daño ecológico.
2
tesis de grado
Publicado 2019
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La presente investigación está orientada a determinar si lo que se conoce como daño potencial, que se encuentra regulado en la Ley General del Ambiente y recogido a nivel jurisprudencial, se encuentra plenamente justificado en nuestro Ordenamiento Jurídico. En tal sentido, se efectuó un análisis de la evolución histórica de este tipo de daño y se le aplicó las pautas de investigación de la responsabilidad extracontractual regulada en Código Civil, es decir, la exposición al peligro. El resultado de la investigación conlleva a sostener que el daño potencial no existe, pues en realidad lo que allí se regula es daño, como cualquier otro, pero cuyo alcance es más limitado que, por ejemplo, el daño ecológico.
3
tesis de maestría
Publicado 2022
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Examina si era necesaria la regulación de la responsabilidad por productos defectuosos que se hizo en el Código de Defensa y Protección del Consumidor, siendo que se concluyó que no era menester regularla, pues el artículo 1970 del Código Civil (responsabilidad por exposición al peligro) ya abarca este tipo de responsabilidad. Se concluye que la regulación de la responsabilidad por productos defectuosos en el Código de Defensa y Protección del Consumidor es contradictoria e incoherente, de modo que deja en indefensión a las personas, por lo que es necesaria la abrogación parcial de esta regulación, dejando vigente solo aquella que remite al artículo 1970 del Código Civil.