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otro
Precisar el numeral 3.5 de la Directiva Nº 001-2015/TRI-INDECOPI, de fecha 6 de abril del 2015, que establece las reglas procedimentales y plazos aplicablespara la tramitación de las solicitudes de liquidación de cuotas y costos, al haberse advertido una omisión en la última parte de dicho numeral.
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otro
Establecer el régimen de notificaciones de actos administrativos y otras comunicaciones emitidas por los órganos resolutivos del INDECOPI en el marco de los procedimientos administrativos a su cargo, de acuerdo a la normativa vigente.
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otro
Concordar las Directivas Nº 001-2009/TRIINDECOPI (Procedimiento de queja por defectos de tramitación) y 002-2009/TRI-INDECOPI (Procedimiento de abstención y recusación) con la nueva conformación de Salas del Tribunal del Indecopi introducida por el Decreto Supremo Nº 107-2012-PCM (que modificó el artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi) y dotar de mayores herramientas normativas aplicables a la atención de las quejas por defectos de tramitación, así como a los procedimientos de abstención y recusación de los funcionarios de los órganos resolutivos del Indecopi, a fin de reforzar su eficacia y alcances.
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otro
Establecer las reglas procedimentales y plazos aplicables para la tramitación de las solicitudes de liquidación de costas y costos que efectúen los administrados ante los órganos resolutivos del Indecopi, como consecuencia de un procedimiento previo llevado a cabo ante dicha autoridad.