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tesis de maestría
Publicado 2022
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En el presente trabajo de investigación se analiza el tratamiento tributario actual adoptado por el Tribunal Fiscal para la deducción de los gastos financieros comunes que incidan de manera conjunta en la generación de rentas gravadas, exoneradas y/o inafectas, las cuales no pueden ser atribuidas de forma directa a cada tipo de renta; estableciendo que le resulta aplicable el inciso a) del artículo 37° de la Ley del Impuesto a la Renta y no el inciso p) del artículo 21° del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta. La aplicación del inciso a) del artículo 37° de la Ley para la deducción de los gastos financieros comunes - conforme al criterio adoptado por el Tribunal Fiscal - trae como consecuencia que se pueda deducir la parte proporcional de los gastos financieros comunes inherentes a las rentas exoneradas e inafectas, lo cual atenta contra el principio de causalidad, ba...