Mostrando 1 - 1 Resultados de 1 Para Buscar 'Robles Meza, Maria Angelica', tiempo de consulta: 0.17s Limitar resultados
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tesis de grado
El propósito del presente trabajo es explorar lo establecido a través del numeral 8 del artículo 47 de la ley que regula el arbitraje, Decreto Legislativo N° 1071, en específico, la facultad que se le otorga al tribunal arbitral de determinar que una medida cautelar no debió haberse otorgado, y que en tal caso, éste requiera al solicitante el pago por los daños que la medida haya provocado, siempre que el tribunal arbitral sea competente. Sobre esta disposición legal, surgen diferentes interrogantes en relación a su interpretación como, si esta facultad excede o no de lo pactado por las partes al celebrar un convenio arbitral que señala que aquellas controversias que deriven de determinada relación jurídica se resolverán a través de arbitraje, si es otorgada a pedido de parte o de oficio y cuál es el procedimiento para dilucidar dicha controversia. Para lograr dar respue...