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tesis de grado
Publicado 2017
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En el Perú, de acuerdo al artículo VII del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional, ha establecido que el Tribunal Constitucional es la entidad encargada de emitir precedentes, y que solo él se puede apartar de sus propios criterios, ninguna autoridad más. Se debe entender que se ha adoptado la figura del precedente a fin de aumentar la seguridad jurídica, uniformidad en el derecho, predictibilidad en las decisiones judiciales e igualdad entre los ciudadanos. Sin embargo al estar dentro de un país que se rige bajo el sistema del Civil Law, el precedente vinculante no constituye fuente normativa, es decir que los jueces a través de sus decisiones no crean derecho, sino simplemente lo aplican pues este ya ha sido creado en una Ley. En tal sentido, un precedente vinculante no puede tener una fuerza vinculante absoluta, ni siquiera en los países que se rigen por el Com...