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Artículo sobre José de la Riva Agüero y su impacto en los estudios jurídicos.
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En el presente artículo el autor nos indica las características principales del contrato de garantía, diferenciándolo del contrato defianza. Además, realiza un breve comentario acerca de la validez de las garantías a primera solicitud, teniendo en cuenta que la tendencia en el comercio internacional, el cual constituye el campo de aplicación natural de este tipo garantía, es privilegiar la seguridad económica del mercado sobre la de sus partícipes.
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capítulo de libro
Tomo 2. Páginas 75-84
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En el presente artículo el doctor Manuel de la Puentey Lavalle analiza los aspectos más saltantes del derecho de retracto, institución que se describe en el artículo 1592 de nuestro Código Civil, según el cual el derecho de retracto es el que la ley otorga a determinadas personas para subrogarse en el lugar del comprador y en todas las estipulaciones del contrato de compra venta. Es así que el autor analiza las diferentes teorías que sobre la naturaleza jurídica, nomenclatura o carácter del derecho de retracto ha elaborado la doctrina, incidiendo especialmente en los diversos supuestos de aplicación que prevé nuestro Código Civil para dicho derecho.
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En la doctrina peruana es frecuente la idea de que las cláusulas generales  de contratación  tienen la finalidad  de proteger al consumidor, quien es considerado al mismo tiempo la parte más débil en la relación contractual. El doctor De la Puente, luego de un agudo análisis de la doctrina y la legislación, tanto  nacional como extranjera, cuestiona esta arraigada posición. El consumidor -señala el Dr. De la Puente- no debe ser identificado con la parte débil en la negociación contractual, pues la califi­ cación de cada uno de ellos obedece a criterios dis­ tintos. Además, la finalidad  de las cláusulas gene­ rales de contratación es fundamentalmente,  facili­ tar el tráfico masivo de bienes y servicios disminu­ yendo  los costos de transacción, mientras que su función de protección de la parte débil es sólo se­ cundaria. De manera que las cláusu...
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El propósito del presente artículo es mismo efecto, esto es, la inexistencia del contrato. fundamentalmente aclarar los conceptos relativos al disentimiento, por tratarse de una figura de difícil 2 Inexistencia y nulidad. precisión, por su parentesco con el error, y de confusa aplicación, por encontrarse en los límites de la inexistencia y la anulación. Ante todo conviene destacar que el disentimiento es la antítesis del consentimiento, de tal manera que si éste es la coincidencia voluntaria de la oferta con la aceptación, el disentimiento es la falta involuntaria de coincidencia entre la oferta y la aceptación. Esto determina que así como el consentimiento da lugar a la formación del contrato, el disentimiento motiva la inexistencia del mismo.
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El presente artículo analiza los institutos de la contrataciónen masa y la Protección al Consumidor basándose en criterios de eficacia en el tráifico de los servicios y protección suficiente al consumidor.
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En el presente artículo el autor nos indica las características principales del contrato de garantía, diferenciándolo del contrato defianza. Además, realiza un breve comentario acerca de la validez de las garantías a primera solicitud, teniendo en cuenta que la tendencia en el comercio internacional, el cual constituye el campo de aplicación natural de este tipo garantía, es privilegiar la seguridad económica del mercado sobre la de sus partícipes.
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Based on the Comparative Law Congress held in London, the author develops the institution of the cession of the contract so that it is admitted in the positive legal regulations. To do this, first cover the legal nature, the characters and their effects of the aforementioned institution. Then depending on it, will go on to define the following: "picking up the main features that characterize the cession of contractual position that, as we have seen, are the following: a) be a contract concluded between three parties; b) its object is the assignment of the contractual position of one of the parties to another contract; e) have been this other contract with correlative benefits, whose reciprocal benefits have not been fully executed". Second, the author indicates that the assignment of contractual position is a legal act that can be practiced in relation to relations arising from all kinds...