Mostrando 1 - 3 Resultados de 3 Para Buscar 'Peñaloza Mamani, Alexander Joao', tiempo de consulta: 2.63s Limitar resultados
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tesis de grado
El presente artículo versa sobre el análisis de la aplicación de la suplencia de queja deficiente; como un principio orientador, garantista, de naturaleza procesal, e implícito en la actualidad en el ordenamiento jurídico procesal constitucional peruano. Principio que configura una facultad y una obligación del Juez constitucional de suplir la deficiencia en la que hubiese incurrido la parte actora de un proceso, en la determinación del derecho subjetivo vulnerado. Trabajo de investigación, en el que determinaremos a través de un análisis: histórico, normativo, comparado y jurisprudencial; el desarrollo y configuración del citado principio en nuestro ordenamiento procesal. Para luego proceder a un análisis de la viabilidad de la aplicación de la suplencia de queja deficiente en el ámbito del proceso civil; siendo el objetivo de la presente investigación: determinar la via...
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tesis de grado
El presente artículo versa sobre el análisis de la aplicación de la suplencia de queja deficiente; como un principio orientador, garantista, de naturaleza procesal, e implícito en la actualidad en el ordenamiento jurídico procesal constitucional peruano. Principio que configura una facultad y una obligación del Juez constitucional de suplir la deficiencia en la que hubiese incurrido la parte actora de un proceso, en la determinación del derecho subjetivo vulnerado. Trabajo de investigación, en el que determinaremos a través de un análisis: histórico, normativo, comparado y jurisprudencial; el desarrollo y configuración del citado principio en nuestro ordenamiento procesal. Para luego proceder a un análisis de la viabilidad de la aplicación de la suplencia de queja deficiente en el ámbito del proceso civil; siendo el objetivo de la presente investigación: determinar la via...
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tesis de maestría
La implementación de la regalía minera desde su gestación causó confusión y discusión a nivel doctrinario y legislativo respecto a su naturaleza jurídica, ¿Tributo o Contraprestación?, inclinándose el legislador peruano en tipificarla como contraprestación, a efecto se aplique en forma inmediata “erga omnes”, al titular minero, como una forma de retribución que debían pagar los sujetos de la gran y mediana minería al Estado Peruano por la explotación de los minerales, en merito a la utilidad operativa proveniente de la venta del mineral en el mercado internacional, entre porcentajes que oscilan a una tasa marginal del 1 al 12% trimestral. Determinado el dominio privado de los minerales extraídos de su fuente, que ostenta el concesionario minero, acto administrativo que le otorga derechos reales sobre los mismos, es que no cabría figura contraprestativa o retributiva ...