Mostrando 1 - 9 Resultados de 9 Para Buscar 'Paitán Martínez, Javier', tiempo de consulta: 0.01s Limitar resultados
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tesis de maestría
Frente a la jubilación, tenemos un modelo de protección social sui géneris, condicionado por la evolución histórica del país, así como por sus normas constitucionales y legislativas que, con sus avances y sus retrocesos, ha permitido la coexistencia, en un primer momento, de dos sistemas contributivos y obligatorios: uno público (administrado por la Oficina de Normalización Previsional – ONP), y otro privado (administrado por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones – AFP). A estos sistemas se sumaron los regímenes complementarios, los regímenes voluntarios; y, recientemente, el sistema no contributivo de forma asistencial (Pensión 65 y Pensión para personas con discapacidad severa), aunque éste último todavía de manera incipiente. Se ha heredado del pasado, la idea de brindar pensiones de jubilación solo a la clase trabajadora que pasa al retiro (cobertur...
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tesis de grado
Propiciar la actividad laboral luego de jubilarse es una realidad poco habitual y conocida por la ciudadanía, los justiciables e, inclusive, por los operadores de la justicia. Así, luego del estudio de la institución jurídica de la jubilación que incide de manera transversal en el régimen laboral (edad de retiro o causa de extinción de la relación laboral) y en el régimen previsional o pensionario (edad de acceso a la pensión de jubilación), en concordancia con los criterios jurisprudenciales establecidos por el Tribunal Constitucional y la Corte Suprema, en el presente trabajo se pretender determinar si la pensión de jubilación bajo sus diferentes modalidades –otorgada por la ONP o la AFP– supone o no la extinción de la relación laboral, esto es, si el trabajo y la pensión de jubilación son incompatibles (regla general) o son compatibles (regla excepcional). Al resp...
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artículo
This article analyzes the problems raised by social security conflicts, as a result of the unique protection provided by Law No. 29497, New Labor Procedural Law (hereinafter NLPT), which consolidates the competence of labor judges in matters of social security benefits, previously determined by the Organic Law of the Judiciary. Thus, the need for a review and possible reform of the NLPT arises, following a true social security justice with its own procedure, rules and principles.
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tesis de grado
Propiciar la actividad laboral luego de jubilarse es una realidad poco habitual y conocida por la ciudadanía, los justiciables e, inclusive, por los operadores de la justicia. Así, luego del estudio de la institución jurídica de la jubilación que incide de manera transversal en el régimen laboral (edad de retiro o causa de extinción de la relación laboral) y en el régimen previsional o pensionario (edad de acceso a la pensión de jubilación), en concordancia con los criterios jurisprudenciales establecidos por el Tribunal Constitucional y la Corte Suprema, en el presente trabajo se pretender determinar si la pensión de jubilación bajo sus diferentes modalidades –otorgada por la ONP o la AFP– supone o no la extinción de la relación laboral, esto es, si el trabajo y la pensión de jubilación son incompatibles (regla general) o son compatibles (regla excepcional). Al resp...
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tesis de maestría
Frente a la jubilación, tenemos un modelo de protección social sui géneris, condicionado por la evolución histórica del país, así como por sus normas constitucionales y legislativas que, con sus avances y sus retrocesos, ha permitido la coexistencia, en un primer momento, de dos sistemas contributivos y obligatorios: uno público (administrado por la Oficina de Normalización Previsional – ONP), y otro privado (administrado por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones – AFP). A estos sistemas se sumaron los regímenes complementarios, los regímenes voluntarios; y, recientemente, el sistema no contributivo de forma asistencial (Pensión 65 y Pensión para personas con discapacidad severa), aunque éste último todavía de manera incipiente. Se ha heredado del pasado, la idea de brindar pensiones de jubilación solo a la clase trabajadora que pasa al retiro (cobertur...
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libro
La seguridad social está consagrada en la Constitución y en varios instrumentos internacionales como un derecho humano fundamental, irrenunciable, inalienable, imprescindible e indispensable para el respeto de la dignidad humana de todas las personas. Permite prestar asistencia médica y garantizar ingresos básicos cuando las personas enfrentan contingencias o riesgos sociales -enfermedades, maternidad, invalidez, vejez, desempleo y muerte-, a fin de elevar o mantener su calidad de vida.
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artículo
The First Final and Transitory Provision of the Political Constitution of Peru establishes the constitutional limits to the freedom of configuration of the pension regimes (current and future) by the legislator, being one of the main ones, the constitutional prohibition of the leveling, homologation or renewal pension that was made concrete with the elimination of the so-called “mirror effect” or “live ID”. In the present work, it will be analyzed whether the -recent and last- reform made to the Military Military Pension Regime, by means of Law N °30683, was developed within the aforementioned constitutional limit, in order to determine if said norm turns out to be constitutional or unconstitutional.
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artículo
La Primera Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política del Perú establece los límites constitucionales a la libertad de configuración de los regímenes pensionarios (actuales y futuros) por el legislador, siendo uno de los principales, la proscripción constitucional de la nivelación, homologación o renovación pensionaria que quedó concretada con la eliminación del denominado “efecto espejo” o “cédula viva”. En el presente trabajo, se analizará si la –reciente y última– reforma realizada al Régimen de Pensiones Militar Policial, mediante la Ley N° 30683, se desarrolló dentro del límite constitucional antes referido, a fin de determinar si dicha norma resulta ser constitucional o inconstitucional.
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artículo
The First Final and Transitory Provision of the Political Constitution of Peru establishes the constitutional limits to the freedom of configuration of the pension regimes (current and future) by the legislator, being one of the main ones, the constitutional prohibition of the leveling, homologation or renewal pension that was made concrete with the elimination of the so-called “mirror effect” or “live ID”. In the present work, it will be analyzed whether the -recent and last- reform made to the Military Military Pension Regime, by means of Law N °30683, was developed within the aforementioned constitutional limit, in order to determine if said norm turns out to be constitutional or unconstitutional.