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tesis de grado
El artículo 125, inciso 3, Literal B del Código Procesal Penal, el mismo que advierte que “dentro de los límites del recurso se podrá confirmar o revocar la sentencia apelada, siendo que si la sentencia de primera instancia es absolutoria puede dictar sentencia condenatoria imponiendo las sanciones y reparación civil o referir la absolución a una causa diversa a la enunciada por el Juez (...)”. Ante esta reforma procesal, que permite condenar en segunda instancia a una persona que habría sido absuelta en primera, muchos autores se han mostrado a favor y otros en contra, ocasionando grandes debates doctrinarios al respecto. El derecho que tiene toda persona inmersa dentro de un proceso a recurrir e impugnar los fallos que considere perjudícales, no se determina con el simple hecho de acudir al ente superior, lo importante en este derecho es que su caso sea nuevamente evaluado ...
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