1
tesis de grado
Publicado 2025
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La figura de la unión de hecho, respaldada por el artículo 5 de la Constitución y detallada en el artículo 326 del Código Civil, brinda protección a esas personas que, sin casarse, deciden formar un hogar. Esta figura legal otorga derechos tanto personales como económicos similares a los del matrimonio, siempre y cuando la vida en común sea evidente, única, estable y por lo menos de dos años continuos. No obstante, los juzgados han provocado discusiones sobre cuánta estabilidad se necesita realmente. Un caso claro es la Casación N.º 177-2019, donde la Primera Sala Especializada en Familia planteó la idea de un “deterioro intermitente”, sugiriendo que una convivencia, aun con rupturas, seguía vigente hasta 2010. La Sala Civil Permanente, al final, rechazó esa idea, haciendo hincapié en que la unión de hecho requiere verdadera constancia, estabilidad y permanencia; ya...
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La figura de la unión de hecho, respaldada por el artículo 5 de la Constitución y detallada en el artículo 326 del Código Civil, brinda protección a esas personas que, sin casarse, deciden formar un hogar. Esta figura legal otorga derechos tanto personales como económicos similares a los del matrimonio, siempre y cuando la vida en común sea evidente, única, estable y por lo menos de dos años continuos. No obstante, los juzgados han provocado discusiones sobre cuánta estabilidad se necesita realmente. Un caso claro es la Casación N.º 177-2019, donde la Primera Sala Especializada en Familia planteó la idea de un “deterioro intermitente”, sugiriendo que una convivencia, aun con rupturas, seguía vigente hasta 2010. La Sala Civil Permanente, al final, rechazó esa idea, haciendo hincapié en que la unión de hecho requiere verdadera constancia, estabilidad y permanencia; ya...