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El reclutamiento o alistamiento de niños, niñas y adolescentes y su participación en hostilidades es una de las mayores violaciones de los derechos humanos de los mismos. Por ello se han adoptado una serie de instrumentos internacionales para prohibir dichas conductas, siendo especialmente relevante el Protocolo Facultativo de la Convención de los Derechos del Niño, relativo a la participación de niños en los conflictos armados.8 El Perú es Estado Parte de dicho instrumento internacional desde el 2002, de lo cual se deriva una serie de compromisos que deben ser asumidos por el Estado peruano. En esa orientación, el Estado peruano ha venido adoptando una serie de medidas en el marco de lo establecido en el Protocolo Facultativo, como la Ley Nº 29248 que aprueba la Ley del Servicio Militar, y su reglamento, que prohíben el reclutamiento de menores de 18 años. También se ha est...