1
tesis de grado
El presente trabajo detalla la institución cautelar de la anotación de demanda, cuestionándose el por qué, nuestra jurisprudencia y doctrina no contemplan su procedencia antes de iniciado el proceso de fondo, máxime si el resto de medidas cautelares que contempla nuestro Código son pasibles de interponerse antes de iniciado el proceso principal. No se considera que deba disponerse su procedencia de manera libre, sino que ello debe ajustarse a la urgencia de la tutela requerida y de las condiciones específicas que posea el caso concreto; ello con el objeto de garantizar principalmente los fines que comprende un proceso jurisdiccional, entre ellos la plena eficacia de las resoluciones finales.
Enlace