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tesis de grado
Publicado 2022
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Nuestro sistema procesal penal, contempla la institución jurídica de la conclusión anticipada como una posibilidad de concluir un proceso penal que se encuentra en la etapa inicial de juzgamiento sin que se someta a actuación probatoria, esta figura se encuentra reconocida en el art. 372 del Código Procesal Penal, por la cual, el acusado en la primera audiencia de juicio oral de un proceso penal puede aceptar la culpa de los hechos materia de juzgamiento, ello junto con la pena y/o la responsabilidad civil, y previa una conversación con el Fiscal, concluye con la emisión de la Sentencia de Conformidad; ahora bien, se tendrá que, en la mayoría de los casos en los que los imputados aceptan la culpa, la pena y la responsabilidad civil o la culpa y la reparación civil, el juzgador a discrecionalidad acepta que dicha reparación civil sea cumplida de manera fraccionada a lo largo de...