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tesis de grado
La excusa absolutoria es considerada Típica Antijurídica y Culpable, es decir nos encontramos frente a un delito de tentativa y consumación, pero sin merecimiento de una pena ya que muchos se acogen a la excusa absolutoria, en el artículo 208 del Código Penal, señalándose lo siguiente "No son reprimibles, sin perjuicio de la reparación civil, los hurtos, Las apropiaciones, las Defraudaciones o daños que se causen: 1. Los cónyuges, los concubinos, ascendientes, descendientes y afines en línea recta; 2.- el Consorte viudo, respecto de los bienes de su difunto cónyuge, mientras no haya pasado a poder de tercero; y 3.- Los hermanos y cuñados si viviesen juntos" , es así que se ve claramente el grado de impunidad en esta figura penal, también existen otras llamadas excusas absolutorias mediante cuya concurrencia de hechos definidos por ley como delitos quedan impunes sin embarg...
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