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tesis de grado
Publicado 2024
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El presente informe analiza el caso de una empresa dedicada a la comercialización de productos farmacéuticos que fue objeto de reparos por parte de la Administración Tributaria, ya que esta ˙última no consideró deducibles los gastos realizados en eventos médicos dirigidos a profesionales de la salud, cuyo propósito era promocionar medicamentos que requieren receta médica. A partir de lo establecido en el artículo 37° de la Ley del Impuesto a la Renta y considerando el contenido del principio de causalidad, los gastos que efectúen las empresas, en tanto cumplan con el principio de causalidad y se cuente con los medios probatorios necesarios para acreditar el gasto, son susceptibles de ser deducidos. En el caso particular de empresas farmacéuticas que organizan eventos médicos, donde la publicidad está restringida debido a normativas que prohíben la promoción masiva de med...