1
tesis doctoral
Publicado 2019
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De la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Peruano (1999-2015) puede constatarse y/o inferirse que el sometimiento de las partes del convenio arbitral al arbitraje y sus efectos encuentra constitucionalmente límites explícitos e intrínsecos en la finalidad (causa final) ilícita de dicho convenio o de los contratos y demás actos jurídicos conexos y en la contravención del orden público. Estos límites constitucionalmente explícitos confluyen en uno solo: todo acto jurídico o contrato válido es de por sí lícito, para fines lícitos, conforme al orden público, que en sentido lato incluye a la moral social. Asimismo, de dicha jurisprudencia se desprende que el sometimiento al arbitraje y sus efectos encuentra constitucionalmente un límite implícito y extrínseco en el alcance de otros derechos fundamentales y constitucionales. Así como el Estado es el último garante d...
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tesis de maestría
Publicado 2007
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¿El concepto de orden público –uno de los pilares del sistema de Derecho Privado-, propuesto desde el siglo XIX en los Títulos Preliminares de los Códigos Civiles como marco imperativo que limita la autonomía de la voluntad, puede ser entendido hoy de un modo acorde con el ideal contemporáneo de una sociedad más participativa, igualitaria y diseñada para satisfacer las necesidades de todos sus miembros de la mejor manera considerando la escasez de algunos bienes y recursos? En la actualidad sólo un sistema jurídico que pudiera ser de ese modo democrático y eficiente podría ser considerado justo desde un punto de vista valorativo. ¿Han existido o existen acaso criterios definidos para saber qué es y qué no es “de orden público”? La determinación de estos criterios es de suma importancia ya que la validez misma de los actos jurídicos depende de que sus fines sean co...
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tesis doctoral
Publicado 2019
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De la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Peruano (1999-2015) puede constatarse y/o inferirse que el sometimiento de las partes del convenio arbitral al arbitraje y sus efectos encuentra constitucionalmente límites explícitos e intrínsecos en la finalidad (causa final) ilícita de dicho convenio o de los contratos y demás actos jurídicos conexos y en la contravención del orden público. Estos límites constitucionalmente explícitos confluyen en uno solo: todo acto jurídico o contrato válido es de por sí lícito, para fines lícitos, conforme al orden público, que en sentido lato incluye a la moral social. Asimismo, de dicha jurisprudencia se desprende que el sometimiento al arbitraje y sus efectos encuentra constitucionalmente un límite implícito y extrínseco en el alcance de otros derechos fundamentales y constitucionales. Así como el Estado es el último garante d...
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tesis de maestría
Publicado 2007
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¿El concepto de orden público –uno de los pilares del sistema de Derecho Privado-, propuesto desde el siglo XIX en los Títulos Preliminares de los Códigos Civiles como marco imperativo que limita la autonomía de la voluntad, puede ser entendido hoy de un modo acorde con el ideal contemporáneo de una sociedad más participativa, igualitaria y diseñada para satisfacer las necesidades de todos sus miembros de la mejor manera considerando la escasez de algunos bienes y recursos? En la actualidad sólo un sistema jurídico que pudiera ser de ese modo democrático y eficiente podría ser considerado justo desde un punto de vista valorativo. ¿Han existido o existen acaso criterios definidos para saber qué es y qué no es “de orden público”? La determinación de estos criterios es de suma importancia ya que la validez misma de los actos jurídicos depende de que sus fines sean co...