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tesis de grado
Publicado 2018
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El presente trabajo surge de la necesidad de hacer un análisis crítico del proceso de alimentos en el código procesal civil, sobre al cálculo de las pensiones devengadas de alimentos, regulado en el código procesal civil en su artículo 568, en que señala que […], el secretario del juzgado practicará la liquidación de las pensiones devengadas y de los intereses computados a partir del día siguiente de la notificación de la demanda, […], ello se determina que entre la interposición de la demanda y la notificación de la misma, hay un lapso de tiempo que el menor dejaría de percibir una pensión de alimentos por la demora que hay actualmente en los proceso de alimentos, afectando al menor, ante ello, no debemos olvidar en primer lugar, que el principio que el interés superior del niño debe priorizarse ante el derecho del deudor, como bien lo describe el maestro (SANCHEZ, ...