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                 tesis de grado
            
         
                                                                           Publicado 2018                                                                                    
                        
                           
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                  La Constitución Política del Perú, consagra el derecho de alimentos, refiriéndose de manera expresa en su artículo seis, que la política nacional de población tiene como objeto difundir y promover la paternidad y maternidad responsable. Reconoce el derecho de las familias y de las personas a decidir. Es deber y derecho de los padres alimentar, educar y dar seguridad a sus hijos. Todos los hijos tienen iguales derechos y deberes. El Derecho de Alimentos es parte del Derecho de familia, consagrado en el Código Civil, en el Libro III, Sección Cuarta, Título I, Alimentos y bienes de familia, en estricto en el capítulo primero correspondiente a los Alimentos, el cual es tema de la presente investigación, en concreto, los criterios para determinar la pensión de alimentos. En este caso, el mencionado cuerpo legal en el Artículo 472° define a los alimentos como lo que es indispens...