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tesis de grado
Publicado 2012
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La presente investigación, analizaremos si el empleador al tener acceso al correo electrónico estarÃa vulnerando el derecho al secreto e inviolabilidad de las comunicaciones, de manera que es un derecho inherente y fundamental de la persona humana, tipificado en el artÃculo 2 inciso 6 y 10 de la constitución polÃtica del Perú. Siendo este un derecho inherente de la persona humana, se rige por el principio de erga onines, el cual ni el propio empleador y el propio Estado puede transgredir o vulnerar la intimidad personal, la vida privada o la integridad personal. Ya que, como se ha determinado, el correo electrónico es una herramienta de trabajo, en consecuencia al ser otorgado por el empleador a sus trabajadores, siendo este el titular de dicha herramienta, no tiene derecho de fiscalización del correo electrónico laboral. Por lo cual cuando el empleador otorga el correo electrÃ...