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tesis de maestría
Publicado 2017
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El artículo 25 del Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados de 1965 (Convenio de Washington) establece que uno de los requisitos para acceder a la jurisdicción del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) es que se constate la existencia de una diferencia de naturaleza jurídica que surja directamente de una inversión. Sin embargo, la ausencia de una definición del término “inversión” en el Convenio de Washington ha propiciado que los tribunales arbitrales adopten distintas líneas de interpretación respecto al sentido y alcance de dicho término, generando incertidumbre jurídica en los arbitrajes internacionales de inversión. En este contexto, algunos tribunales arbitrales constituidos en el marco del CIADI han considerado que la contribución al desarrollo económico del ...
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El artículo 25 del Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados de 1965 (Convenio de Washington) establece que uno de los requisitos para acceder a la jurisdicción del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) es que se constate la existencia de una diferencia de naturaleza jurídica que surja directamente de una inversión. Sin embargo, la ausencia de una definición del término “inversión” en el Convenio de Washington ha propiciado que los tribunales arbitrales adopten distintas líneas de interpretación respecto al sentido y alcance de dicho término, generando incertidumbre jurídica en los arbitrajes internacionales de inversión. En este contexto, algunos tribunales arbitrales constituidos en el marco del CIADI han considerado que la contribución al desarrollo económico del ...