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tesis de grado
Publicado 2019
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El artículo 139 inciso 3 de la Constitución Política Peruana actual señala la observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional. “Ninguna persona puede ser desviada de la jurisdicción predeterminada por la ley, ni sometido a procedimiento distinto de los previamente establecidos, ni juzgada por órganos jurisdiccionales de excepción ni por comisiones especiales creadas al efecto, cualquiera sea su denominación.” En Perú, la justicia se concibe como certeza y seguridad jurídica, se imparte dentro de un proceso, donde las partes aportan pruebas para validar sus pretensiones, así, el juzgador falla a favor de una determinada petición incoada por una de las partes. La prueba para Reynaldo Bustamante Alarcón es: “ la importancia de reflexionar en torno a la prueba puede advertirse si se aprecia que a través de los diversos medios de prueba los hechos que configuran ...