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tesis de grado
El 06 de Julio del 2001 se promulgo la Ley 27495 mediante la cual se incorporó al Código Civil el numeral 12 del artículo 333 y el artículo 345-A de los cuales se desprende como causal de divorcio la separación de hecho y que el Juez velara por la estabilidad económica del cónyuge que resulta perjudicado por la separación de hecho, así como la de sus hijos. Deberá señalar una indemnización por daños, incluyendo el daño personal u ordenar la adjudicación preferente de bienes de la sociedad conyugal, independientemente de la pensión de alimentos que le pudiera corresponder. Con este artículo se inició la obligación a los Magistrados de que fijen al momento de emitir sentencia una indemnización por daños a favor del cónyuge que haya sufrido un perjuicio como consecuencia de la separación de hecho, a la fecha son muy pocos los casos donde los Jueces aplican correcta in...
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tesis de grado
El 06 de Julio del 2001 se promulgo la Ley 27495 mediante la cual se incorporó al Código Civil el numeral 12 del artículo 333 y el artículo 345-A de los cuales se desprende como causal de divorcio la separación de hecho y que el Juez velara por la estabilidad económica del cónyuge que resulta perjudicado por la separación de hecho, así como la de sus hijos. Deberá señalar una indemnización por daños, incluyendo el daño personal u ordenar la adjudicación preferente de bienes de la sociedad conyugal, independientemente de la pensión de alimentos que le pudiera corresponder. Con este artículo se inició la obligación a los Magistrados de que fijen al momento de emitir sentencia una indemnización por daños a favor del cónyuge que haya sufrido un perjuicio como consecuencia de la separación de hecho, a la fecha son muy pocos los casos donde los Jueces aplican correcta in...
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