Mostrando 1 - 1 Resultados de 1 Para Buscar 'Cabello Vargas, Gilberto Eduardo', tiempo de consulta: 0.01s Limitar resultados
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tesis de maestría
Las Rondas campesinas desde que fueron reconocidas mediante Ley N° 27908, se les reconoce personalidad jurídica con la finalidad de entre otras funciones la de apoyar a las funciones jurisdiccionales de las comunidades Campesinas y Nativas para colaborar en la solución de conflictos y realizan funciones de conciliación extrajudicial conforme a la constitución y la ley, sin embargo mediante el 149° de la Constitución de 1993 se le reconoce la denominada jurisdicción comunal o jurisdicción especial indígena , así mismo el Convenio 169 de la OIT sobre derechos humanos de las comunidades campesinas e indígenas reconoce el derecho aplicar el derecho consuetudinario. El Acuerdo Plenario 1-2009/CJ-116 ha establecido algunos requisitos para reconocer la jurisdicción especial comunal ronderil tales como: Elemento humano, Elemento orgánico, Elemento normativo y Elemento geográfico, ...