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tesis de grado
Publicado 2015
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El presente trabajo de investigación se realizó con la finalidad de demostrar que la imprecisión en el contenido del Articulo 37° del Texto Único Ordenado de la ley del Impuesto a la Renta restrigue la deducción de los gastos de Responsabilidad Social Empresarial(GRSE) en la delerminación de| Impuesto a la Renta de las empresas Mineras, a pesar de que dichos gastos deben ser deducibles de| impuesto a la renta empresarial porque son necesarios para el mantenimiento de la fuente generadora de renta, cumpliendo el principio de causalidad que es recogido en el Articulo 37° del presente cuerpo normativo y que hasta el momento son considerados por la Administración Tributaria como simples Iiberalidades, ya que su motivación o razón no necesariamente es por una obligación legal sino por una necesidad o responsabilidad empresarial.