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tesis de maestría
Publicado 2023
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Sustenta que la interpretación sistemática – entre los siguientes artículos: a) inciso 2 del artículo 2 e inciso 2 del artículo 138 de la Constitución, b) inciso 3 del artículo I, inciso 3 del artículo VII, inc. 3 del artículo IX y artículo X del Título Preliminar del CPP de 2004, c) inciso 1 del artículo 11, artículo 94°, artículo 98° y artículo 468°del CPP de 2004 - es la interpretación adecuada para garantizar la participación y el derecho de defensa del actor civil en el proceso especial de terminación anticipada. Esto, hasta que el legislativo decida modificar los incisos 2 y 5 del artículo 468° e incorpore literalmente la participación de dicha parte procesal.