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Publicado 2019
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La construcción periódica de una revista de investigación de una universidad que promueve la publicación de artículos de profesores investigadores es una actividad que implica esfuerzo por parte de los miembros del Comité Editorial y por los investigadores que transforman sus resultados en artículos científicos. Ambos deben tener un comportamiento que busque el estricto cumplimiento de las normas institucionales y sociales establecidas para este caso. Además, el esfuerzo realizado permite tener la seguridad de que la tarea a realizar otorga un beneficio a la sociedad. En el caso de Perú, se reconoce que la tarea investigativa relacionada a la publicación de artículos representa limitación que afecta la inserción al mundo globalizado de las instituciones universitarias.
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La ley N° 30220, que norma la creación, funcionamiento, supervisión y cierre de la universidades, sean públicas o privadas, define a la universidad en su Artículo 3 como “una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural”. En el Artículo 48 se menciona que “la investigación constituye una función esencial y obligatoria de la universidad, que la fomenta y realiza, respondiendo a través de la producción de conocimiento y desarrollo de tecnologías a las necesidades de la sociedad”.
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La construcción periódica de una revista de investigación de una universidad que promueve la publicación de artículos de profesores investigadores es una actividad que implica esfuerzo por parte de los miembros del Comité Editorial y por los investigadores que transforman sus resultados en artículos científicos. Ambos deben tener un comportamiento que busque el estricto cumplimiento de las normas institucionales y sociales establecidas para este caso. Además, el esfuerzo realizado permite tener la seguridad de que la tarea a realizar otorga un beneficio a la sociedad. En el caso de Perú, se reconoce que la tarea investigativa relacionada a la publicación de artículos representa limitación que afecta la inserción al mundo globalizado de las instituciones universitarias.
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La ley N° 30220, que norma la creación, funcionamiento, supervisión y cierre de la universidades, sean públicas o privadas, define a la universidad en su Artículo 3 como “una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural”. En el Artículo 48 se menciona que “la investigación constituye una función esencial y obligatoria de la universidad, que la fomenta y realiza, respondiendo a través de la producción de conocimiento y desarrollo de tecnologías a las necesidades de la sociedad”.