Mostrando 1 - 1 Resultados de 1 Para Buscar 'Aguilar Ramirez, Angela Priscila', tiempo de consulta: 0.01s Limitar resultados
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tesis de grado
El abandono, tal como lo prevé el Código Procesal Civil en el artículo 346°, es el castigo al sujeto procesal que ha permanecido inactivo por más de cuatro meses; pero el mismo cuerpo legal en el artículo 350° establece las causales de improcedencia del abandono, específicamente en el numeral 3) cuando las pretensiones sean imprescriptibles, existiendo un debate jurídico aún pendiente de resolver, puesto que el Pleno Distrital Civil apoya la inaplicación de la improcedencia del abandono, el Código Procesal Civil aún lo mantiene vigente, razón por la cual se considera necesario modificar el numeral 3 del artículo 350° del Código Procesal Civil, a fin de garantizar la observancia de los alcances del Principio de Legalidad Constitucional. Además, teniendo en cuenta que el proceso civil se inspira en principios, entre ellos tenemos el principio de impulso de parte como regl...