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tesis de grado
Publicado 2024
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El uso de publicidad comercial alusiva de tipo comparativa por parte de los AE representa una serie de efectos positivos para el modelo de ESM de nuestro país, pese a ello, la LRCD, vigente desde el año 2008, impone una serie de requisitos que debe cumplir este tipo de publicidad a efectos de poder reputarse como lícita. Los mismos que, lamentablemente, no son del todo claros, situación que ha generado un escenario de inseguridad jurídica que ha tenido como consecuencia un efecto paralizador o intimidante en la toma de decisiones publicitarias de los AE involucrados dentro del mercado de bebidas en el Perú, quienes se encuentran desalentados por las consecuencias jurídicas negativas impuestas por los órganos resolutivos componentes del ente regulador (Área de Competencia Desleal de Indecopi). En efecto, ante la falta de una pauta clara y unificada, los órganos resolutivos han o...