Análisis de sentencia de expediente civil N° 181-2012-0-0601-JR-CI-02 sobre interdicto de recobrar

Descripción del Articulo

RESUMEN El interdicto de recobrar es una de las figuras jurídicas con las que se protege la posesión de un bien. En el caso de estudio, se observa la aplicación de esta institución y en conjunto con otras figuras jurídicas que hace crear convicción en el juez de primera instancia al momento de sente...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Santillán Valqui, Aurelia Teresa
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2018
Institución:Universidad Privada del Norte
Repositorio:UPN-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upn.edu.pe:11537/21618
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/11537/21618
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho civil
Codigo civil
Codigo procesal civil
Derecho procesal civil
Sentencias
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:RESUMEN El interdicto de recobrar es una de las figuras jurídicas con las que se protege la posesión de un bien. En el caso de estudio, se observa la aplicación de esta institución y en conjunto con otras figuras jurídicas que hace crear convicción en el juez de primera instancia al momento de sentenciar. En cambio, el pronunciamiento de la Sala Superior, sorprende en gran medida al desarrollar de manera equivocada al interdicto de recobrar, aludiendo el tema de propiedad y pretendiendo ampliar requisitos para acceder a esta institución. Afortunadamente, la Sala Suprema corrigió este error, explicando muy detalladamente la aplicación del interdicto. Así como señalar la amplitud de la violencia en la desposesión, punto transcendental para que se les dé la razón a los demandantes. Asimismo durante la tramitación del proceso se observan actuaciones de mala fe que hacen dilatar el proceso, como la presentación de escritos, medios de prueba, que por ser un proceso sumarísimo no correspondía, y uno de los actos en los que se observa una mayor intención de dilación es al momento de interponer un recurso de apelación a la resolución que ordena se ejecute lo ordenado por la Sala Civil Permanente, señalándose que debe iniciarse un proceso de ejecución, algo completamente descabellado. Postergándose el acceso a la justicia de los demandantes. De este proceso se aprende a delimitar bien las diferencias entre posesión y propiedad, a aplicar otras instituciones que ayuden a la defensa del caso y a presentar oportunamente las pruebas.
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