Expediente Privado No. 9925-2010-0-1801-JR-CI-20 y Expediente Público No. 697034-2017

Descripción del Articulo

El expediente que se desarrolla en el ámbito del derecho privado permite tener un mayor alcance respecto del contrato de compraventa y las diversas disposiciones que lo rigen, así como la importancia de los actos jurídicos celebrados por las partes previo a llevar su controversia a la vía judicial....

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Canales Riccio, Maria José
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas
Repositorio:UPC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/667035
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/10757/667035
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Compraventa
Obligación de dar suma de dinero
Transacción extrajudicial
Proceso abreviado
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El expediente que se desarrolla en el ámbito del derecho privado permite tener un mayor alcance respecto del contrato de compraventa y las diversas disposiciones que lo rigen, así como la importancia de los actos jurídicos celebrados por las partes previo a llevar su controversia a la vía judicial. A modo de resumen, Inversiones Lexson S.A.C., en calidad de vendedor, y, DSR, en calidad de comprador, habían celebrado un contrato de compraventa con arras. Si bien el comprador entregó US$100,000.00 al vendedor (US$50,000.00 en arras y US$50,000.00 en parte de pago), no logró cumplir con el pago del precio restante en los plazos pactados. Por lo tanto, el vendedor resolvió el contrato y sólo devolvió S/15,000.00 al comprador, celebrando ambas partes un documento privado en donde se dejaba constancia de la devolución y el comprador renunciaba a reclamar cualquier concepto adicional. Como consecuencia de lo antes señalado, el comprador interpuso demanda vía proceso abreviado por obligación de dar suma de dinero por US$95,000.00. En primera instancia se declara fundada en parte la demanda y se ordena al vendedor a devolver los US$50,000.00 que le fueron entregados en parte de pago restándole los S/15,000.00 ya devueltos. Frente a ello, el vendedor interpuso recurso de apelación. En segunda instancia, se declaró fundado el recurso de apelación y se revocó lo dispuesto en primera instancia, debido a que las partes habían celebrado un documento donde hacían concesiones recíprocas.
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