Proceso Civil: N° expediente 606-2002-2JC Materia: Divorcio por causal ; Proceso Laboral: N° expediente 183418-2003-00279-0 Materia: Pago de beneficios económicos
Descripción del Articulo
El presente trabajo materia de sustentación de examen de grado, se llevó a cabo el proceso de Pago de Beneficios Económicos, contenido en el expediente n°183418-2003-00279, siendo la parte demandante Mirtha Josefina Saravia Gómez y la parte demandada la empresa Telefónica del Perú S.A.A. El conflict...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2020 |
Institución: | Universidad Tecnológica del Perú |
Repositorio: | UTP-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.utp.edu.pe:20.500.12867/4209 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12867/4209 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Divorcio (Derecho de familia) Derecho civil Derecho del trabajo Reposición laboral Remuneración devengada Despido nulo Abandono (Derecho) https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
Sumario: | El presente trabajo materia de sustentación de examen de grado, se llevó a cabo el proceso de Pago de Beneficios Económicos, contenido en el expediente n°183418-2003-00279, siendo la parte demandante Mirtha Josefina Saravia Gómez y la parte demandada la empresa Telefónica del Perú S.A.A. El conflicto entre las partes surgió a raíz de una amenaza de ejecución de despido que se implementó por parte de Telefónica del Perú, en contra de su personal sindicalizado. Ante ello, incoaron un proceso de amparo en contra de la emplazada, con el objeto de que el órgano jurisdiccional disponga que dicha empresa se abstenga de aplicar el despido. Ante el decurso del proceso, la parte demandada puso fin al vínculo laboral que mantenía con la accionante sin motivo alguno. Por consiguiente, el Tribunal Constitucional mediante sentencia declaró fundada la demanda de amparo interpuesta por los Sindicatos, en virtud a ello, dispuso la reposición de los trabajadores que fueron despedidos por Telefónica del Perú, entre los cuales, se encontraba la accionante, la misma que posteriormente fue reincorporada a su centro laboral. Siendo ello así, la demandante interpuso la presente acción, dado que la empresa no había cumplido con regularizar el pago de sus remuneraciones y demás beneficios que dejó de percibir durante el período que estuvo despedida. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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