Propuesta de informe médico legal como fuente de prueba en el código procesal penal para el proceso judicial

Descripción del Articulo

En la premisa que el modelo procesal penal acusatorio, adversarial y garantista, se plantea que las partes tengan igualdad de armas para el cumplimiento de las metas planteadas, se necesita que los elementos de prueba sean consistentes, objetivos y pertinentes en la explicación de su contenido como...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Rivera Roque, Cástulo Hugo
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Señor de Sipan
Repositorio:USS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/8202
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12802/8202
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Prueba
Informe Médico
Teoría del Caso
Proceso Penal
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:En la premisa que el modelo procesal penal acusatorio, adversarial y garantista, se plantea que las partes tengan igualdad de armas para el cumplimiento de las metas planteadas, se necesita que los elementos de prueba sean consistentes, objetivos y pertinentes en la explicación de su contenido como lo establece el Código Procesal Penal (CPP) concordante con la Carta Magna y los delitos contra la vida el cuerpo y la salud establecidos en el Código Penal (CP), orientados a generar convicción del hecho en la sana crítica del juzgador. Desde el punto de vista teórico se plantea que los medios de prueba y la prueba indiciaria deben acreditar el grado de certeza entre el hecho punible y la responsabilidad del imputado; constructo que se genera desde el momento de conocerse el hecho delictivo bajo la responsabilidad e investigación del fiscal, con el apoyo de la Policía Nacional del Perú (PNP), el Instituto de Medicina Legal (IML) y otros organismos del Estado que realizan labor científica. El propósito de esta investigación es demostrar el grado de inconsistencia de datos del Informe Médico Legal como fuente de prueba y medio de prueba, en la valoración objetiva y racional de los operadores del Derecho; concluyéndose esto con la propuesta de un modelo de Informe Médico Pericial coherente con el Artículo 178 del CPP que garantice la objetividad y pertinencia de su aplicación en el proceso.
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