Los límites de los gastos tipificados en el art. 37° de la Ley del impuesto a la renta y su incidencia en el reconocimiento del crédito fiscal

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación se realiza con la finalidad de poder aclarar las contingencias tributarias que trae consigo todos los limites asignados a los gastos tipificados en el Art. 37ª de la ley del impuesto a la renta y así mismo poder demostrar si se podría o no utilizar este crédito f...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Linares Moreno, Itala Brunella
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo
Repositorio:USAT-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:tesis.usat.edu.pe:20.500.12423/6069
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12423/6069
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Impuesto a la renta
Contabilidad fiscal
Crédito fiscal
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.02.04
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación se realiza con la finalidad de poder aclarar las contingencias tributarias que trae consigo todos los limites asignados a los gastos tipificados en el Art. 37ª de la ley del impuesto a la renta y así mismo poder demostrar si se podría o no utilizar este crédito fiscal. En la actualidad son varias las empresas que presentan este tipo de problemas con el cálculo de los gastos deducibles para la deducción del impuesto a la renta, generándoles reparos en sus declaraciones anuales. Esta situación les trae fuertes deudas tributarias, disminuyendo sus ingresos y produciendo un conflicto con la Administración tributaria. En esta investigación se quiere resolver la problemática presente teniendo como fuente de estudio y análisis la teoría y las normas tributarias concernientes al tema, siendo de metodología cualitativa no experimental. Desarrollados los objetivos se deja notar que son muchos los casos de reparos por excederse en estos límites, teniendo como principales incisos el ll), m), n) q) son estos los más recurrentes al efectuar la Administración Tributaria los reparos a las empresas fiscalizadas. Estos límites aplicados a estos gastos generan una distorsión a las técnicas que obedece el IGV, no teniendo en cuenta el principio de neutralidad para poder considerar estos gastos y así no causar estos inconvenientes a los contribuyentes.
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