La conculcación de la prevención especial positiva por medio de la reserva del fallo condenatorio en el Estado peruano
Descripción del Articulo
El presente trabajo de investigación llega a ser caracterizado por el hecho de contar como pregunta general: ¿De qué manera la reserva del fallo condenatorio influye en la prevención especial positiva en el Estado peruano?, siendo el objetivo general: Analizar la manera en que la excepción de la res...
| Autores: | , |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2025 |
| Institución: | Universidad Peruana Los Andes |
| Repositorio: | UPLA-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.upla.edu.pe:20.500.12848/11160 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12848/11160 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Reserva del fallo condenatorio Suspensión de la ejecución de la pena Penas alternativas a la pena privativa de libertad Resocialización Prevención especial y tratamiento penitenciario https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
| Sumario: | El presente trabajo de investigación llega a ser caracterizado por el hecho de contar como pregunta general: ¿De qué manera la reserva del fallo condenatorio influye en la prevención especial positiva en el Estado peruano?, siendo el objetivo general: Analizar la manera en que la excepción de la reserva del fallo condenatorio influye en la prevención especial positiva en el Estado peruano; asimismo es necesario tener en cuenta que, el método de investigación adoptado en la presente llega a contar con un enfoque cualitativo, con una postura epistemológica iuspositivista, utilizando la argumentación jurídica para realizar las teorizaciones respectivas. Es así que, se tiene que el resultado más trascendental fue: Von Liszt planteó que el fin último de la pena no es el castigo en sí mismo, sino la reeducación del infractor para reducir su peligrosidad y evitar la reincidencia. La conclusión más relevante fue: Se determinó que la reserva del fallo condenatorio que se aplicaba y ejecutaba, antes de la modificatoria del decreto legislativo N.º 1585, se implementaba de forma congruente con las finalidades político criminales que establecía la teoría de la prevención especial positiva. Y para finalizar, la recomendación fue: Se recomienda llevar a cabo la modificatoria del artículo 2 del decreto legislativo N.º 1585, en específico las reformas realizadas a la reserva del fallo condenatorio. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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