Gastos deducibles del art. 37 en la determinación del impuesto a la renta de la empresa Multimarkas S.A.C. - Huancayo 2020

Descripción del Articulo

La investigación se realizó en la empresa MULTIMARKAS S.A.C, de la provincia de Huancayo, donde se aplicaron 5 fichas documentarias tanto al gerente como al contador de la empresa, las variables de estudio fueron gastos deducibles e impuesto a la renta. El problema radica en el reconocimiento de las...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Cruz Vivanco, Saida Rosio, Suarez Zamata, Yesenia Mayumi
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Peruana Los Andes
Repositorio:UPLA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upla.edu.pe:20.500.12848/5425
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12848/5425
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Gastos deducibles
Impuesto a la renta
Renta de tercera categoría
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.02.04
Descripción
Sumario:La investigación se realizó en la empresa MULTIMARKAS S.A.C, de la provincia de Huancayo, donde se aplicaron 5 fichas documentarias tanto al gerente como al contador de la empresa, las variables de estudio fueron gastos deducibles e impuesto a la renta. El problema radica en el reconocimiento de las características de los gastos deducibles según el Art. 37 en la determinación del impuesto a la renta de la empresa Multimarkas S.A.C. Cómo objetivo se planteó describir las características de la correcta aplicación de los gastos deducibles según el Art. 37 en la determinación del impuesto a la renta de la empresa MULTIMARKAS S.A.C. Fue necesario recurrir a la definición, teorías concernientes de los gastos deducibles e impuesto a la renta. El trabajo se justificó porque contiene valor teórico, utilidad práctica, relevancia social, es conveniente y por los beneficios que genera en la sociedad. Sigue una metodología de enfoque cuantitativo, tipo aplicada, nivel descriptivo bivariado y de diseño no experimental. Los resultados fueron: la empresa Multimarkas S.A.C ha determinado de manera errónea su impuesto a la renta del periodo 2020, generado por la inadecuada determinación del monto de los gastos no deducibles, pues la empresa consideró un monto de S/ 32, 501.00 de los reparos tributarios referidos a los gastos de representación y a los gastos con boletas de venta o tickets. El monto real es de S/. 21,087.91; generando un resultado mayor en su renta imponible, y por ende el monto de impuesto de renta a pagar. Concluyéndose así que resultaría pagar más impuesto a la renta del que debería ser. Como recomendación se mencionó, enfocarse en seguir la normativa tributaria vigente en los cálculos de gastos deducibles y no deducibles en los registros contables, hasta la generación de las declaraciones de impuesto a la renta a la Administración tributaria, para evitar multas y sanciones tributario-legales y el cese de operaciones comerciales.
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