La vulneración a la seguridad jurídica por el inciso 1 del artículo 744 del Código Civil Peruano
Descripción del Articulo
La presente investigación tuvo como pregunta general de la investigación fue: ¿De qué manera la seguridad jurídica se relaciona con el inciso 1 del artículo 744 del Código Civil peruano?; el objetivo general fue analizar la manera seguridad jurídica se relaciona con el inciso 1 del artículo 744 del...
| Autores: | , |
|---|---|
| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2025 |
| Institución: | Universidad Peruana Los Andes |
| Repositorio: | UPLA-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.upla.edu.pe:20.500.12848/9730 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12848/9730 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Certeza del derecho Corrección estructural Corrección funcional Injuria grave Reiteradamente y seguridad jurídica https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
| Sumario: | La presente investigación tuvo como pregunta general de la investigación fue: ¿De qué manera la seguridad jurídica se relaciona con el inciso 1 del artículo 744 del Código Civil peruano?; el objetivo general fue analizar la manera seguridad jurídica se relaciona con el inciso 1 del artículo 744 del Código Civil peruano; y la hipótesis general fue que: La seguridad jurídica se relaciona de manera negativa con el inciso 1 del artículo 744 del Código Civil peruano, así la investigación emplea un método de investigación cualitativa y una postura iuspositivista y epistemológico, utilizando el análisis documental, cuyo instrumento fue la ficha documental, para luego procesar sus datos mediante la argumentación jurídica. El resultado más relevante fue que: El inciso 1 del artículo 744 del Código Civil peruano está mal estructurado, ya que, al constituir los términos: grave y reiteradamente referidos a la injuria, se afecta de forma directa su entendimiento e interpretación, al incluir términos muy ambiguos y subjetivos. La conclusión más relevante fue que: La seguridad jurídica se relaciona de manera negativa con el inciso 1 del artículo 744 del Código Civil peruano; ya que constituir “grados de injuria” resulta ilógico, porque también se tendrían que analizar injurias “leves o moderadas”; esto empeora al tener en cuenta el requisito que señala la reiteración de la injuria grave. Finalmente, la recomendación fue: Modificar el inciso del artículo 744 del Código Civil peruano. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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