La administración del impuesto vehicular y los conflictos de competencia municipal

Descripción del Articulo

La administración tributaria municipal que forma parte del gobierno local, cumple la función de recaudar y fiscalizar tributos municipales creados a su favor; para tal efecto, su actuación se rige por lo establecido en el T.U.O. del Código Tributario. Ahora bien, entre los tributos creados a favor d...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Gallo Esteves, Manuel Jesús
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2019
Institución:Universidad Privada Antenor Orrego
Repositorio:UPAO-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upao.edu.pe:20.500.12759/5307
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12759/5307
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Tributos municipales
Código tributario
Impuesto vehicular
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:La administración tributaria municipal que forma parte del gobierno local, cumple la función de recaudar y fiscalizar tributos municipales creados a su favor; para tal efecto, su actuación se rige por lo establecido en el T.U.O. del Código Tributario. Ahora bien, entre los tributos creados a favor de los gobiernos locales, encontramos al impuesto vehicular, como aquel tributo de periodicidad anual, que grava la propiedad de vehículos, automóviles, camionetas, station wagons, camiones, buses y omnibuses, con una antigüedad no mayor de tres (3) años, en consonancia con el artículo 30° del T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal. La ley de Tributación Municipal al momento de definir quién será el acreedor del impuesto, establece en el artículo 30-A lo siguiente: “La Administración del impuesto corresponde a las Municipalidades Provinciales, en cuya jurisdicción tenga su domicilio el propietario del vehículo. El rendimiento del impuesto constituye renta de la Municipalidad Provincial”. Luego, el artículo 9° del Reglamento del Impuesto Vehicular, aprobado por D.S. N° 22-94-EF precisa claramente que, “Los sujetos del Impuesto deberán presentar ante la Municipalidad Provincial donde se encuentre ubicado su domicilio fiscal, según los formularios que para tal efecto debe proporcionar la Municipalidad respectiva”. Sin embargo, con frecuencia los propietarios de los vehículos afectos no cuentan con un domicilio fiscal fijado ante la Municipalidad Provincial, mucho menos declaran la inscripción del bien ante el gobierno local; toda vez, que para perfeccionar la adquisición del vehículo ante los Registros Públicos, no es necesario declarar el vehículo o pagar el impuesto ante la administración.
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